SUBVENCIÓN PARA ACTIVIDADES QUE FOMENTEN LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y EL RESPETO A LA DIVERSIDAD SEXUAL 2023

Publicado: 30/01/2023 13:52

PRIMERO.- OBJETO

El objeto de estas Bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, de las entidades sin fines de lucro, para el desarrollo de acciones y actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, así como el respeto a la diversidad sexual durante el ejercicio 2023 limitando la ejecución de las acciones contempladas en el proyecto al ámbito territorial de la provincia de Badajoz, constituyendo una finalidad instrumental de la convocatoria el compromiso con los valores democráticos en los términos establecidos en estas bases. Las líneas de actuación de los proyectos subvencionables irán dirigidas a promover la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, la sensibilización y la prevención de la violencia de género, facilitar la participación social de las mujeres y superar cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, en los municipios de la provincia de Badajoz.

SEGUNDO.- BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación en la provincia de Badajoz que tengan como objetivo expreso en sus estatutos o entre sus fines institucionales la Igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.

TERCERO.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.

La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 100.000,00€, e irá imputada a los créditos presupuestarios consignados en la siguiente aplicación presupuestaria230/23102/48002/0500 "Progra. Dinamización Asociacionismo en Igualdad".

CUARTO.- SOLICITUDES.

El plazo para presentar la solicitud será de 30 días naturales contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. La solicitud, acompañada del resto de documentación, se dirigirá al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación de Badajoz. Las solicitudes se tramitarán por vía electrónica mediante su presentación a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica que a continuación se describe, así como a través de cualquier otro medio electrónico habilitado https://sede.dip-badajoz.es. Para la presentación de las solicitudes se utilizarán los modelos normalizados e irán acompañadas de la documentación requerida en las presentes bases. La presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido. Las solicitudes electrónicas mencionadas en el apartado anterior deberán contener la firma electrónica requerida por el Reglamento de registro electrónico de la Diputación de Badajoz publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 19 de 15 de enero de 2021 y todos los demás requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.