AYUDAS PARA EL ESTUDIO DE INGLÉS EN HORARIO EXTRAESCOLARES PARA EL ALUMNADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

Publicado: 05/09/2024 11:39

Observaciones:

El abono de la ayuda se realizará en dos pagos, mediante transferencia al solicitante.

El primer pago de la ayuda abarcará el periodo comprendido desde octubre a diciembre. El segundo pago se realizará una vez justificado el gasto del primer pago.

Requisitos:

Las personas beneficiarias de estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

a. Estar escolarizado/a en Educación Secundaria Obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b. Tener residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o la condición de extremeño/a en el exterior.

c. Ser poseedor/a de Documento Nacional de Identidad, (DNI), y en el caso de los residentes en España un Número de Identificación de Extranjero, (NIE), a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d. No estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios en los términos del artículo 12.2 de la Ley General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

e. No superar los siguientes umbrales de renta en la unidad familiar. Se tendrá en cuenta la declaración de la renta de la unidad familiar vigente en el momento de la publicación de la convocatoria:

Familias de 1 miembro: 8.992,20 euros

Familias de 2 miembros:

13.487,23 euros

Familias de 3 miembros:

17.983,33 euros

Familias de 4 miembros:

22.479,43 euros

Familias de 5 miembros:

26.076,52 euros

Familias de 6 miembros:

29.672,55 euros

Familias de 7 miembros:

33.269,64 euros

Familias de 8 miembros:

36.866,74 euros

A partir del 8º miembro, se añadirán 3.597,09 euros por cada nuevo miembro computable.

Dotación:

El importe de la ayuda es de hasta 40 euros mensuales, (cuarenta euros/mes). No puede superar, en ningún caso, el importe de la matrícula o la mensualidad correspondiente al desarrollo de la actividad, la cual se desarrollará fuera del horario lectivo.

Las ayudas tienen un periodo subvencionable de 8 meses, extendiéndose desde el mes de octubre al mes de mayo de cada curso escolar que abarca la convocatoria. 

Información:

Documentación a presentar:

Formulario de solicitud (Anexo I)

Certificado del centro de idiomas que acredite ser una entidad oficial de reconocimiento de título oficial de la lengua extranjera sujeto al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

Declaración responsable de poder ser beneficiario de una subvención (Anexo II)

“Alta de terceros” del alumnado, referido a la cuenta bancaria en que desea se le ingrese la ayuda. En el caso de disponer de una cuenta ya de alta en el sistema, se deberán reflejar los veinte dígitos de la cuenta bancaria en el anexo I. (https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true)